Reformas de importancia

El Área de Reformas de vehículos del INSIA es un Servicio Técnico designado por el Ministerio de Industria  (con capacidad de realizar ensayos), que cuenta con más de veinte años de experiencia en la emisión de informes y la realización de ensayos, para la legalización de reformas en todo tipo de vehículos.

Como entidad de reconocido prestigio del sector de automoción en esta área, trabajamos junto con el Ministerio de Industria, Comunidades Autónomas, fabricantes de vehículos, asociaciones y otros grupos de interés, en proyectos de actualización y mejora de la normativa aplicable a los vehículos en materia de seguridad y medio ambiente, lo que nos convierte en una referencia en este ámbito.

 Servicios que prestamos:

  • Realización de ensayos y de informes de conformidad para la legalización de reformas en vehículos según R. D. 866/2010. Por ejemplo:
    • Cambio de neumáticos
    • Cambio de suspensión
  •  Tramitación de conjuntos funcionales para fabricantes de acuerdo a lo establecido en el R.D. 866/2010. Por ejemplo:
    • Cambio de Faros
    • Paragolpes

Entre nuestros clientes, contamos con:

  • Fabricantes
  • Carroceros
  • Transformadores
  • Talleres
  • Particulares

Si desea solicitar presupuesto para la legalización de su reforma, es necesario que rellene nuestro formulario y lo acompañe de la siguiente documentación:

  1. Breve descripción de la transformación realizada, incluyendo un listado de elementos instalados y sustituidos.
  2. Ficha técnica y permiso de circulación del vehículo.
  3. Información sobre los nuevos elementos instalados, incluyendo toda la documentación relativa a la homologación de estos elementos,  en el caso de que se disponga de ella.

 Preguntas Frecuentes

¿QUÉ SE CONSIDERA COMO REFORMA EN UN VEHÍCULO?

Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar las condiciones de su homologación. Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo.

¿QUÉ ES UN CONJUNTO FUNCIONAL?

Es un conjunto de sistemas, partes o piezas autorizado por la autoridad de homologación, destinado a cumplir una función determinada en uno o varios vehículos del mismo o de diferentes tipos o categorías y que se ven afectadas por una o varias reformas tipificadas. Para obtener la autorización de un conjunto funcional es indispensable ser un fabricante inscrito en el Registro de fabricantes del Ministerio de Industria.

¿QUÉ ES UN MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULO?

Es un documento elaborado por el Ministerio de Industria, en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual se encuentra disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV, así como en la web del Ministerio de Industria.

UNA REFORMA SIN LEGALIZAR, ¿ES MOTIVO PARA QUE EL RESULTADO DE LA ITV SEA DESFAVORABLE?

Efectivamente, la ITV será considerada desfavorable, ya que una reforma que no se encuentra legalizada, es considerada Defecto Grave según lo establecido en el procedimiento de inspección de las estaciones ITV.  Este tipo de defecto, inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller, o en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a la Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA PASAR LA ITV CON MI VEHÍCULO REFORMADO?

De acuerdo a lo indicado para cada una de las reformas tipificadas en el manual de reformas, La tramitación de reformas de vehículos podrá requerir todos o alguno de los siguientes documentos:

 

  • a) Proyecto técnico detallado de la reforma a efectuar y certificación final de obra en la que se indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos por técnico titulado competente. En la certificación de obra se hará constar de forma expresa el taller y la fecha en la que se efectuó la misma. Este proyecto técnico se ha de presentar también al emisor del informe de conformidad.
  • b) Informe de conformidad emitido por el servicio técnico de reformas designado o alternativamente por el fabricante del vehículo.
  • c) Certificado del taller en el que se efectuó la reforma, según modelo del anexo III, de la correcta realización de la misma.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA TRAMITAR UN CONJUNTO FUNCIONAL?

El fabricante del conjunto funcional que desee obtener la autorización deberá presentar ante la autoridad de homologación un ejemplar de la documentación siguiente:

  • Inscripción en el registro de fabricantes y firmas autorizadas del Ministerio de Industria.
  • Documentación acreditativa de haber cumplido sus obligaciones como fabricante en lo que se refiere a la conformidad de la producción.
  • Solicitud de autorización.
  • Ficha de características donde se describa el conjunto funcional y los actos reglamentarios afectados, incluida la instalación, sellada por un servicio técnico competente en materia de homologación en España.
  • Acta de ensayo del conjunto funcional y de su instalación expedida por un servicio técnico competente en materia de homologación en España.

 Contacto

Antonio Ginerés Guagnano. Director del Área de Reformas de Importancia